1.2. Uso de los recursos TIC de la biblioteca

En la biblioteca, además del equipo de gestión, existirán varios equipos informáticos para la consulta de los estudiantes, que estarán regidos por las siguieran normas que estarán visiblemente expuestas en la ubicación de los ordenadores:

  1. El/la responsable de los equipos de biblioteca será el profesor o profesora encargado/a en cada momento.
  2. Los ordenadores de la biblioteca estarán destinados exclusivamente a la búsqueda de información educativa si bien, excepcionalmente y cuando exista disponibilidad de ordenadores, podrán emplearse también para la realización de trabajos académicos.
  3. Cuando un/a estudiante quiera hacer uso de un ordenador deberá dirigirse al encargado o encargada y rellenar el documento correspondiente de ocupación, al inicio de la sesión y a su finalización.
  4. Cada estudiante deberá comprobar el estado del equipo al comenzar la sesión y, si encontrase alguna anomalía, deberá comunicarla al profesor o profesora encargado de la biblioteca, quien rellenará el parte correspondiente.
  5. En caso de incidencia en el transcurso de la sesión de trabajo, deberá comunicarse inmediatamente al profesor o profesora encargado/a de la biblioteca, quién rellenará el parte correspondiente.
  6. La responsabilidad del estado de los equipos informáticos de la biblioteca y el buen uso de éstos recaerá sobre los alumnos o alumnas que los estén utilizando. Cada reparación derivada de un mal uso será por cuenta de los usuarios/as.
  7. Queda prohibida la realización de cualquier cambio en la configuración de los equipos de la biblioteca.
  8. Queda prohibida la instalación de software en los equipos de la biblioteca.
  9. Los/as estudiantes podrán conectarse libremente a la Intranet y a Internet para los fines descritos en el punto 2, aunque el encargado o encargada podría indicarles la imposibilidades de conexión a Internet en un momento determinado por necesidades del sistema.

Documento de ocupación de la biblioteca